Esta sección explora el papel que las leyes pueden desempeñar como parte de una respuesta integral más amplia en relación con los MUITF. Incluye información sobre la edad mínima para el matrimonio y la importancia de incluir la perspectiva de género en las leyes de protección de la infancia y de incluir la perspectiva de las juventudes en las leyes sobre violencia de género. Además, se exploran las consecuencias no intencionadas de la criminalización del matrimonio infantil.
Aspectos básicos de las respuestas legales ante los MUITF
La definición de matrimonio infantil incluye cualquier unión formal o informal en la que al menos una de las partes sea menor de 18 años. Los matrimonios o uniones forzadas son definidas como aquellas en las que una o ambas partes no han expresado personalmente su pleno y libre consentimiento a la unión.[1] El matrimonio infantil se considera una forma de unión forzada si se considera que una o ambas partes no han expresado su consentimiento pleno, libre e informado.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de la Infancia define a la infancia como cualquier persona menor de 18 años.[2]
De acuerdo al marco internacional, todos los países deben establecer una edad mínima para casarse, ya que esto brinda protección legal a la infancia contra el abuso, las prácticas nocivas, la violencia y la explotación. Las leyes que abordan los MUITF deben formar parte de un marco jurídico y político integral que aborde sus causas fundamentales, incluida la desigualdad de género. Este marco debe incluir cuestiones como:
- Matrimonio y divorcio (incluidas la pensión alimenticia y la custodia de hijos e hijas)
- Prácticas nocivas (como la dote, el precio de la novia, la poligamia y la mutilación/ablación genital femenina)
- Propiedad y herencia
- Violencia sexual y de género (incluida la identificación de niñas y adolescentes en riesgo en las escuelas y otros espacios comunitarios y la violación dentro del matrimonio)
- Trabajo y abuso infantiles
- Tráfico (incluido el tráfico sexual y la intermediación matrimonial internacional)
- Acceso a la educación, la atención sanitaria y la seguridad social
- Registro obligatorio de nacimientos y matrimonios (incluido el registro de las uniones - civiles, religiosas y consuetudinarias - como forma de dar seguimiento a las mismas, así como la edad de las personas que se unen)[3]
Leyes relativas a los MUITF en diferentes países
Los países adoptan diferentes enfoques legales con respecto a los MUITF. Algunos los tipifican como delitos, otros los prohíben o invalidan cuando se realizan entre personas que no cuentan con la edad mínima legal y otros se limitan a prescribir una edad mínima para unirse sin penalizarlos o prohibirlos de manera expresa. En muchos países, es posible que no exista una única ley en materia de MUITF, sino que se regule a través de otras legislaciones como el derecho civil, el derecho penal y el derecho familiar. También existen leyes consuetudinarias y religiosas que varían de un país a otro. A menudo son específicas de un lugar a nivel subnacional y están abiertas a la interpretación de liderazgos individuales y de los tribunales comunitarios o tradicionales.
En muchos países existen disposiciones legales que permiten excepciones a la edad mínima para unirse. Estas lagunas pueden minar la eficacia de la protección legal de las niñas y adolescentes ante los MUITF. Algunos ejemplos son las uniones con el consentimiento de la familia o la autorización del poder judicial, o cuando las leyes consuetudinarias o religiosas que establecen edades mínimas más bajas para la unión tienen prioridad sobre la legislación nacional.
Para saber más sobre las respuestas legislativas a nivel nacional dirigidas a abordar los MUITF, puedes consultar nuestro Atlas de Matrimonio Infantil y buscar el perfil de tu país para saber cuál es la edad mínima para casarse.
Trabajar con personas líderes locales y tradicionales o religiosas puede ser una estrategia eficaz para garantizar que las leyes consuetudinarias y religiosas no permitan los MUITF. Para más información sobre cómo trabajar con personas líderes religiosas consulta nuestro informe.
Los MUITF y la criminalización
Las leyes por sí solas no son suficientes para abordar los MUITF. Con demasiada frecuencia, los gobiernos utilizan las leyes para responder a los problemas sociales sin implementar a la vez políticas y programas necesarios para apoyar el cambio social y abordar las causas estructurales. Cualquier implementación de leyes relativas al matrimonio infantil debe sustentarse en la consulta con las organizaciones de la sociedad civil ¾incluida la participación de las juventudes y la adolescencia¾, poner los derechos de las niñas y adolescentes en el centro, y complementar y apoyar los esfuerzos comunitarios para cambiar las normas sociales y de género que promueven los MUITF.
La criminalización es el acto de tipificar una actividad como delito al hacerla ilegal. En el contexto de los MUITF, implica la clasificación de la acción como un delito y la persecución y sanción (cárcel o multas). En muchos contextos, la ley se utiliza para castigar en lugar de buscar justicia y reparación. Esto puede significar que se pone mayor énfasis en impedir que se produzca una matrimonio, en lugar de proteger a las niñas y adolescentes que deciden no unirse o que ya están unidas. Al abogar por un cambio legal, es importante saber que un enfoque punitivo como la criminalización puede tener consecuencias negativas no deseadas para niñas, niños, adolescentes y sus familias.
En los países en los que los matrimonios infantiles están criminalizados, hay una serie de personas que pueden ser consideradas responsables o sancionadas penalmente. Entre otras, las familias o tutores que obligan a niñas y niños menores de edad a unirse; las personas adultas que reciben una dote por la unión de las niñas y adolescentes; las personas funcionarias y líderes religiosas que ofician las uniones; las personas administradoras que las registran o certifican; las personas con recursos económicos que patrocinan las uniones de menores (algunas personas líderes financian bodas masivas para obtener el apoyo popular y algunos de las y los cónyuges pueden ser menores de edad); y el personal médico, de gobierno o funcionariado público que participa o es cómplice.
La severidad del castigo en los casos tipificados como delito puede depender de diversos factores, como si se trata de una unión forzada o de la edad de la persona menor. El castigo también depende de la forma en que un determinado Estado clasifica el delito relacionado con el matrimonio infantil, ya sea como un delito grave, un delito menor o una infracción. La sanción no siempre significa una sentencia en prisión; puede, por ejemplo, ser una advertencia, la obligación de realizar de servicio comunitario o una multa. El derecho penal distingue entre intención y motivo.
La criminalización puede tener diversos efectos negativos. Las propias niñas y adolescentes pueden ser sancionadas por no denunciar las agresiones de las que son víctimas. Pueden enfrentarse a la estigmatización social, a represalias y a la angustia mental que conlleva el encarcelamiento de familiares; y las familias y las comunidades pueden desestabilizarse en casos en los que se encarcela a todas las personas que asistieron a una boda. La disolución de los matrimonios infantiles puede tener repercusiones sociales negativas para las familias y las y los adolescentes, como la discriminación y el aislamiento. Otras consecuencias son la presión económica sobre las familias y las complicaciones para reclamar los pagos de la dote y la devolución del precio de la novia; la separación de las niñas de sus hijos e hijas y cuestiones relativas a la custodia; además de la criminalización de las relaciones sexuales consentidas (y la fuga) entre adolescentes y el encarcelamiento de adolescentes de ambos sexos que han dado su consentimiento.[i]
La prohibición legal del matrimonio infantil puede provocar que esta práctica pase a la clandestinidad y quede fuera del alcance de la ley. En algunos países, el intenso enfoque en las leyes contra los matrimonios infantiles desvía la atención de los enfoques de carácter integral para involucrar a las familias y las comunidades, así como del apoyo a los servicios de salud, sexualidad, educación y apoyo a las niñas y adolescentes. El Consejo de Derechos Humanos en su resolución sobre Matrimonio Infantil en el 2019 recomienda este tipo de enfoques holísticos.
Fuentes
[1] Según la definición de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2020. Consultado el 18 de enero de 2021 en: https://www.ohchr.org/EN/Issues/Women/WRGS/Pages/ChildMarriage.aspx
[2] La Convención sobre los Derechos de la Infancia define como infancia a todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que, “en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayría de edad”.
[3] Del Programa Mundial del UNFPA y UNICEF para acelerar las medidas para poner fin al matrimonio infantil, 2020. ‘Child Marriage and the Law: Technical Note for the Global Programme to End Child Marriage’.
[4] Del Programa Mundial del UNFPA y UNICEF para acelerar las medidas para poner fin al matrimonio infantil, 2020. ‘Child Marriage and the Law: Technical Note for the Global Programme to End Child Marriage’.