El 10 de julio de 2019, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) adoptó su tercera resolución sobre el matrimonio infantil, temprano y forzado (MITF), bajo el tema de "Consecuencias de los MITF".
La resolución hace un llamado a los Estados miembros de la ONU para que fortalezcan y aceleren acciones para abordar los MITF, también hace importantes nuevas contribuciones al discurso global al incluir un enfoque en las niñas y adolescentes que ya están casadas.
100 organizaciones miembro de Girls Not Brides se unieron para pedir a sus gobiernos que copatrocinen la resolución. Este es un éxito importante para nuestra membresía y muestra el poder que tenemos cuando trabajamos juntos.
La resolución, dirigida por los Países Bajos, fue aprobada sin votación y copatrocinada por 77 países. Los Países Bajos comparten con nuestro movimiento el siguiente mensaje:
“Los Países Bajos valoraron enormemente el constante y extendido apoyo y aportaciones de la sociedad civil. La sociedad civil nos ha ayudado a nosotros y al grupo de trabajo a identificar el tema más útil para enfocar la resolución de este año (las consecuencias del matrimonio infantil, temprano y forzado, MITF), cubrir todos los aspectos relevantes en la resolución y adoptarla con el apoyo más amplio interregional. Esperamos continuar el trabajo con la sociedad civil para garantizar que la resolución se implemente y se traduzca en un progreso real en la vida de las mujeres, adolescentes y niñas que están en matrimonios infantiles, tempranos y forzados. ” Rineke van Dam, Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿QUÉ DICE ESTA RESOLUCIÓN ACERCA DE Los MITF?
Esta resolución se basa en el progreso realizado en la segunda resolución sobre MITF del año 2017 y la primera resolución sobre MITF del año 2015, pero también ha logrado nuevos avances importantes, que destacan:
- La necesidad de apoyar a las niñas, adolescentes y mujeres que se han casado antes de los 18 años.Pide a los gobiernos que "garanticen que las adolescentes y madres jóvenes casadas y / o embarazadas, así como las madres solteras, puedan continuar y completar su educación".
- El MITF constituye una violación de los derechos humanos con consecuencias amplias y adversas para el disfrute de los derechos humanos, tales como el derecho a la educación y el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, incluido el derecho a la salud sexual y reproductiva .
- La criminalización del matrimonio infantil es 'insuficientecuando se introduce sin medidas complementarias y programas de apoyo, y en cambio puede contribuir a la marginación y la pérdida de los medios de subsistencia de las familias, y tener el efecto no deseado de aumentar la práctica de las uniones informales o matrimonios no registrados.'.
- El reconocimiento de que los MITF pueden incluir uniones informales, cohabitación u otros arreglosque generalmente no son reconocidos por las autoridades religiosas o estatales. Recomienda que estas uniones deben ser abordadas en las en políticas y programas enfocadas a los MITF.
¿A QUÉ LLAMA LA RESOLUCIÓN SOBRE LA organización DE LAS NACIONES UNIDAS Y LOS ESTADOS MIEMBROS?
Puede leer la resolución completa en español.
- La resolución describe recomendaciones para los gobiernos sobre cómo fortalecer su trabajo para abordar los MITF. También hace un llamado a acciones específicas para que la ONU avance como resultado de esta resolución Dos talleres regionales para discutir el progreso, las brechas y los desafíos para abordar los MITF,organizados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). Los resultados de los talleres se capturarán en un informe escrito y se presentarán en la 47ª sesión del Consejo de Derechos Humanos. Se alienta a las organizaciones de la sociedad civil a trabajar con sus gobiernos y oficinas nacionales del ACNUDH para participar en estas reuniones.
- Una solicitud para que el ACNUDH proporcione un informe escrito sobre el progreso, las lagunas y los desafíos para abordar el matrimonio infantilal Consejo de Derechos Humanos en su 47ª sesión, y para proporcionar una actualización oral al Consejo en su 44ª sesión. Se alentará a la sociedad civil a participar a través de una consulta en línea.
¿QUÉ PAÍSES CoPATROCINARON LA RESOLUCIÓN?
Albania, Angola, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia (Estado Plurinacional de), Bosnia y Herzegovina, Botsuana, Bulgaria, Canadá, Chile, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Gambia, Georgia, Alemania, Ghana, Grecia, Haití, Honduras, Hungría, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, México, Mónaco, Mongolia, Montenegro, Mozambique, Namibia, Países Bajos, Nueva Zelanda, Norte de Macedonia, Noruega, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, República de Corea, República de Moldavia, Rumania, Ruanda, San Marino, Serbia, Sierra Leona, Eslovaquia, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Tailandia, Túnez, Turquía, Ucrania, Reino Unido, Uruguay y Zambia.